COMO OPERAR
DOCUMENTACION PARA OPERAR:
• Residentes – argentinos: Presentarse con DNI vigente
• No residentes – Extranjeros: Documento utilizado para el ingreso al país.
Cuando las transacciones solicitadas superen los $4.680.000 por mes calendario o superen los $9.370.000 por año calendario, deberá suministrar información y documentación adicional que permitan constatar la actividad económica y el origen de los fondos. La entidad se reserva el derecho de solicitar documentación adicional en caso de corresponder.
NORMATIVA BCRA:
Las operaciones de venta de la casa quedan sujetas a la aprobación del BCRA (según Comunicado “A” 6883).
• Residentes
Por normativa del BCRA el límite de compra de moneda extranjera (incluyendo en este período lo consumido con tarjetas de débito y/o crédito en dólares o su equivalente en otras monedas) es de 200 USD, pudiendo operar los primeros 100 USD en efectivo y el resto por débito de cuenta local del ordenante. Este límite es en el conjunto de las entidades autorizadas a operar en cambios en el mes calendario.
• No residentes
El límite de compra de moneda extranjera (en dólares o su equivalente en otras monedas) es hasta 100 USD en la medida que se haya verificado la aprobación del BCRA. El monto de compra deberá ser igual o menor al equivalente de venta liquidados en entidades autorizadas dentro de los 90 días corridos anteriores.
TRANSFERENCIAS
Para operar en forma electrónica será necesario contar con un correo electrónico de Andina donde se informe el cambio correspondiente y el importe a operar.
Cuentas a nombre de Andina Internacional Cambio y Turismo S.A.
TIPO CUENTA: Cuenta Corriente en pesos
CUIT: 30-65799916-0
CBU: 0970005510001090940039
ALIAS: BPN.CAMBIO.OPER
TIPO DE CUENTA: Cuenta Corriente en dólares
CUIT: 30-65799916-0
CBU: 4150999713001417740024
ALIAS: TRANSA.OPER.DOLAR
Las transferencias pueden realizarse por cajero automático o home o mobile banking.
La transacción queda sujeta a aprobación del Sistema Online del BCRA (según Com. “A” 6883). Al momento de realizar la operación deberá presentarse con la constancia de la transferencia junto con una constancia de CBU donde figure el nombre y el CUIL/T del titular de la cuenta. La cuenta de origen debe estar a nombre de la persona que realice la operación de cambio. No se aceptan depósitos en efectivo.
NORMATIVAS
En argentina las entidades que están autorizadas para operar en cambio de monedas extranjeras son:
- Casas de cambio.
- Agencias de cambio.
- Operadores de cambio.
- Entidades bancarias.
Las mismas deben contar con una autorización del BCRA. Le recomendamos que verifique que su operatoria sea con una entidad autorizada, ya que de lo contrario usted estaría realizando una operación ilegal. Para validar que la entidad está autorizada, puede consultar aquí.
PREGUNTAS FRECUENTES
¿Puede ir un tercero a operar a mi nombre?
No, el trámite es personal e intransferible ya que requiere su firma.
¿Dónde van los datos personales que me solicitan para operar?
La información que usted proporciona es confidencial y se encuentran respaldados por la Ley 25.326 de Protección de datos Personales. La operatoria que usted realiza con nosotros es informada al BCRA según lo previsto por la UIF (Unidad de Información Financiera)